Pensiones ISSSTE

Décimo Transitorio ISSSTE
Bono de Pensión ISSSTE
Régimen de Cuentas Individuales

Pensiones ISSSTE son uno de los principales objetivos de nuestra Constitución de 1917; y como está establecido desde 1959, esto es para garantizar a todos los derechohabientes del ISSSTE el derecho a la Seguridad Social.

El ISSSTE es una de las Instituciones de Seguridad Social, cuya misión es brindar a sus derechohabientes los servicios de salud, asistencia médica; así como también, con Pensiones ISSSTE tener acceso a los seguros, pensiones y prestaciones que por ley tienes derecho.

Si eres asegurado o pensionado o jubilado y llegaras a fallecer, entonces tus beneficiarios estarán protegidos; por lo que es importante que todos tus documentos  y los de tus beneficiarios, estén correctos y completos.

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Regímenes de Pensiones ISSSTE

Actualmente existen dos Regímenes bajo los cuales te puedes pensionar.

Los trabajadores basificados que se encontraban en activo al día 1 de abril del año 2007, ya eligieron pensionarse bajo uno de los dos Sistemas de Pensiones: pensionarse bajo la Ley 2007 o permanecer en la Ley 83 para efectos de Pensión.

Ley 83: Sistema de Reparto Modificado o Décimo Transitorio

Aplica para los trabajadores que a la entrada en vigor de la nueva Ley del ISSSTE, 1 de abril del año 2007, se encontraban activos y que en su momento eligieron mantenerse en el Régimen de Reparto Modificado del ISSSTE.

Ley 2007: Sistema de Capitalización Individual

Este Régimen de Pensión aplica para los trabajadores que empezaron a cotizar al ISSSTE a partir del 1 de abril del 2007; así como también aplica para los trabajadores que empezaron a cotizar antes del 1 de abril del 2007 y que en su momento eligieron el Sistema de Cuentas Individuales y optaron por la acreditación del Bono de Pensión  ISSSTE. 

Continuación Voluntaria

Conservación de Derechos ISSSTE

Si estás dado de baja, pero de manera ininterrumpida y antes de la separación has prestado tus servicios durante un mínimo de 6 meses, entonces, durante los dos meses siguientes a la fecha de separación, conservarás el Derecho a recibir los beneficios del Seguro de Salud. Del mismo derecho disfrutarán, en lo que proceda, sus familiares derechohabientes.

Seguros que puedes contratar:

Requisitos:

La Continuación Voluntaria termina por:

Otros seguros que generan Pensión

Pensión Riesgo de Trabajo
Riesgo de Trabajo
Pensión por Invalidez
Invalidez
Pensión por viudez
Viudez
Pensión por ascendientes
Orfandad
Ascendientes

Es importante que oportunamente en tiempo y forma, solicites y recibas todos los recursos que por derecho te pertenecen.

No permitas que tus derechos prescriban.

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